Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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1177
Legislatura: 1887 (Cortes de 1886 a 1890)
Sesión: 14 de abril de 1887
Cámara: Congreso de los diputados
Discurso / Réplica: Réplica al Sr. Sivela
Número y páginas del Diario de Sesiones: 67, 1753
Tema: Suspensión de tres Diputados provinciales en Palencia

El Sr. Silvela lleva la cuestión ahora a otro terreno, que es, a la cuestión de los indultos de pena de muerte. Ahora bien, Sr. Silvela; el Gobierno actual no ha concedido indulto ninguno de la pena de muerte o conmutación de esta pena sin oír los informes que previenen las leyes, y sólo cuando ha habido informe favorable de la Sala sentenciadota, del fiscal, del Consejo de Estado y del Negociado de Gracia y Justicia; sólo mediando todo esto, se ha concedido el indulto de la pena de muerte. Pero S.S. quiere hacer una regla general de una excepción extraordinaria, como es la del Viernes Santo. Pues qué, ¿todos los días son Viernes Santos? (Risas). Pues si precisamente el Viernes Santo se aprovecha para eso; para que el Rey perdone por medio de una fórmula tradicional, diciendo: "Dios me perdone a mí como yo perdono a este reo". Y se utiliza esta ocasión, tan solemne y tan sagrada, para indultar algo extraordinario; porque si no fuera así, esa costumbre inmemorial, santa y generosa de nuestros Reyes, resultaría inútil. De manera, que no debe S.S. traer aquí, como base de conducta de un Gobierno lo que los Reyes hagan el día de Viernes Santo, porque esto es el resultado de una de las tradiciones más preciosas de la Monarquía, que se deben sostener y se sostienen con fines altamente humanitarios. Por lo demás, yo le puedo asegurar a S.S., que no habiendo, por lo menos, una o dos condiciones favorables al reo, nacidas de circunstancias especiales, de esas que no puedan tenerse en cuenta en los tribunales al dictar la sentencia, no se ha concedido nunca conmutación de pena. Pero no pretenda nadie incluir en esta regla el Viernes Santo, porque sólo la tenemos en cuenta para los indultos comunes, no para la tradición antiquísima de que nuestros Reyes perdonen en día tan solemne un delito, por extraordinario que sea.

Y aún acerca de este punto algo se ha hecho que el Sr. Silvela no desconoce. Ha habido siempre la costumbre de escoger unos cuantos expedientes para que el Rey ponga sobre ellos la mano el día de Viernes Santo, quedando indultados los reos a quienes esos expedientes se refería.

Y antiguamente había la circunstancia de que en ese día, en lo oficios que celebra la Iglesia, se ponían al alcance del Rey todos los expediente de pena de muerte que estuvieran terminados; el Rey ponía la mano sobre uno, y el reo que tenía la suerte de que el Rey señalara con la mano su causa, quedaba indultado; pero llegó una ocasión, en tiempos de Doña Isabel II, en que esta Reina no quiso hacerse responsable de que un reo fuera indultado y los otros no, y puso la mano sobre todos los expedientes que le presentaron, quedando indultados todos los reos; y desde entonces todos los Gobiernos tienen cuidado de no llevar al Rey más expedientes que aquellos que, por sus circunstancias especiales, son mejores que otros. Este año se han llevado tres, y uno de las Antillas, porque se acababa de publicar un decreto en el que se hacía extensiva esta costumbre humanitaria, esta santa costumbre que hay en la Península a las provincias de Ultramar. No había más que un expediente de pena de muerte en Cuba, en Puerto-Rico y en Filipinas, y aunque se trataba de un delito gravísimo, como no había más que él, tuvo el reo la suerte de que no hubiera dónde escoger, y en cumplimiento del decreto que hacía poco tiempo había firmado la Reina, se salvó, porque de otro modo no se hubieran cumplido los generosos deseos de S. M. la Reina de hacer extensiva esta santa costumbre a las provincias de Ultramar. ¿Qué tiene esto que ver con las líneas generales de la conducta de un Gobierno? Repito lo que he dicho antes: no todos los días son Viernes Santo. [1753]



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